
null / Crédito: Marek Studzinski/Unsplash
El Papa León XIV decretó la expulsión del estado clerical del sacerdote Francisco José Vegara Cerezo, de la Diócesis española de Orihuela-Alicante, tras un proceso canónico iniciado por su reiterado rechazo público a la autoridad del Papa Francisco y, posteriormente, del propio León XIV.
El caso se remonta a 2023, cuando se inició un diálogo con Vegara Cerezo tras la publicación de un manifiesto de 20 páginas en el que llamaba “herético” al Papa Francisco y cuestionaba la validez de su elección.
El sacerdote también criticaba textos como la exhortación apostólica Amoris laetitia, del fallecido Pontífice argentino, y la declaración Fiducia supplicans, del Dicasterio para la Doctrina de la Fe.
La obstinación de Vegara Cerezo suscitó que el Obispo de Orihuela-Alicante, Mons. José Ignacio Munilla, lo apartara de cualquier oficio o cargo en su diócesis.
El prelado lo amonestó en febrero de 2024 y abril de 2025 para que modificara su “postura manifestada de manera pública y notoria a través de diversos medios de comunicación”, según señala un comunicado de la Diócesis de Orihuela-Alicante del 25 de junio de 2026.
En septiembre de 2025, Mons. Munilla emitió un nuevo decreto en el que le prohibía manifestarse en medios de comunicación, una medida que Vegara decidió apelar ante el Dicasterio para el Clero en el Vaticano.
Después de ello, y luego de un nuevo artículo de Vegara Cerezo, el Dicasterio para la Doctrina de la Fe le solicitó que se retractara del delito de cisma. Al no responder satisfactoriamente, el Papa León decretó “el 30 de abril que se le imponga la expulsión del estado clerical”, decisión que se le comunicó el pasado 20 de junio.
En su comunicado, Mons. Munilla pidió finalmente “oración por Francisco José Vegara Cerezo” y recordó las palabras del Papa León XIV el 11 de junio en Canarias, en el encuentro con los obispos, sacerdotes, religiosos y seminaristas españoles: “Cuando encuentren dificultades, alcen la mirada, y pidan al Espíritu Santo la gracia de vivir unidos en la fe, la esperanza y la caridad”.
¿Qué es el cisma?
El canon 751 del Código de Derecho Canónico precisa que el cisma es “el rechazo de la sujeción al Sumo Pontífice o de la comunión con los miembros de la Iglesia a él sometidos”. La pena de este delito canónico suele ser la excomunión, aunque en este caso ha sido menor, con la expulsión del estado clerical.
¿Qué significa que un sacerdote sea expulsado del estado clerical?
Un sacerdote es sacerdote para siempre, pero si es sancionado con la dimisión o expulsión del estado clerical pierde todos los derechos de este estado y, por lo tanto, ya no está sujeto al celibato y está impedido de celebrar Misa, administrar sacramentos y presentarse como sacerdote.
Sólo hay una excepción: si hay una persona en peligro de muerte y está presente este sacerdote dimitido del estado clerical, el canon 976 establece que podría administrar válidamente los sacramentos ya que la salvación de las almas está por encima de la grave pena impuesta al sacerdote.